Preguntas frecuentes

Respuestas cortas.
Para dudas largas.

Todo lo que suelen preguntarnos antes de reclamar, ordenado por temas. Si tu duda es sobre el juzgado, tenemos una página aparte para la vía judicial.

El servicio

Una plataforma online de recuperación de deudas. Subes tu impago, nuestro equipo lo reclama por vía amistosa y extrajudicial y, si hace falta, activas la vía judicial desde tu panel. Todo el expediente se sigue en tiempo real, sin desplazamientos ni despachos.

Para empresas, autónomos, propietarios con rentas impagadas, comunidades de propietarios y particulares. Si alguien te debe dinero documentado y su domicilio está en España, puedes reclamarlo aquí.

Precio cerrado conocido antes de empezar, alta en 5 minutos, primeras gestiones en menos de 24 horas y visibilidad total del expediente desde tu panel. Y una diferencia clave: el deudor te paga a ti, directamente en tu cuenta.

Son tres. La vía amistosa: contacto directo y negociación con el deudor desde el primer día. La vía extrajudicial: requerimientos formales y avisos legales del departamento jurídico durante unos 20 días, que dejan constancia fehaciente de la reclamación. Y la vía judicial: el proceso monitorio ante el juzgado, que solo se activa si tú lo decides.

La reclamación se tramita cuando el deudor tiene domicilio conocido en España. Si tu deudor está fuera, cuéntanos el caso desde la página de contacto y te decimos si podemos ayudarte.

Precios y pagos

Un único pago por expediente según el importe reclamado: 75 euros para deudas de menos de 3.000, 135 euros de 3.000 a 15.000 y 215 euros por encima de 15.000. Sin cuotas, sin permanencias y sin comisiones sobre lo recuperado. El detalle está en precios.

La vía judicial es opcional y también tiene precio cerrado: 150 euros para deudas de hasta 3.000, 250 euros de 3.000 a 15.000 y 450 euros por encima. Incluye la preparación de toda la documentación por nuestro equipo jurídico y el seguimiento del procedimiento.

No. Ni porcentaje de éxito ni gastos ocultos. El deudor paga el 100% de la deuda directamente en tu cuenta bancaria y nuestro precio es el pago único del expediente.

Con tarjeta, a través de una pasarela de pago segura, en el momento de activar el expediente. La vía judicial, si decides activarla, se abona igual desde tu panel. Recibirás tu factura en el área privada.

En deudas comerciales, la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad permite reclamar al moroso los intereses de demora y una indemnización por costes de cobro. Lo incorporamos a la reclamación cuando procede.

Requisitos de la deuda

Deudas dinerarias vencidas, exigibles y documentadas: facturas y albaranes, rentas de alquiler, cuotas de comunidad, préstamos entre particulares, pagarés y recibos devueltos, nóminas pendientes… La única excepción son los organismos públicos, que se reclaman por vía administrativa.

No. El proceso monitorio no tiene límite de cuantía desde 2011, y por abajo reclamamos cualquier importe que te compense recuperar.

Cualquier documento que justifique la deuda: facturas, contratos, albaranes firmados, presupuestos aceptados, pagarés, extractos bancarios, correos electrónicos o mensajes. Cuanto más completa la documentación, más fuerte la reclamación.

Como regla general, las acciones personales prescriben a los 5 años (art. 1964 del Código Civil desde la reforma de 2015). Nuestros requerimientos fehacientes interrumpen la prescripción, así que cuanto antes reclames, mejor.

No: debe ser una deuda sin tramitación judicial previa. Si ya tienes un procedimiento abierto con otro despacho, no podemos duplicarlo.

Sí, un domicilio en España conocido con certeza, porque los requerimientos y la eventual demanda se dirigen ahí. Un teléfono o email del deudor ayuda a acelerar la vía amistosa.

Después del alta

Verificamos el expediente y en menos de 24 horas laborables el deudor recibe la primera comunicación. Desde ese momento ves cada gestión en tu panel: requerimientos enviados, respuestas y cambios de estado.

Directamente en la cuenta bancaria que indiques en el alta. No custodiamos fondos ni intermediamos el cobro: le exigimos al deudor que te pague a ti.

Tú decides si lo aceptas. Si hay acuerdo, lo documentamos con un reconocimiento de deuda firmado que blinda tu posición si el deudor vuelve a incumplir.

Tras agotar las vías amistosa y extrajudicial, puedes activar el proceso monitorio desde tu panel. Si el deudor tampoco atiende al juzgado, se abre la puerta a la ejecución y el embargo de sus bienes.

Sí. El expediente es tuyo: puedes pausarlo o cerrarlo desde tu panel cuando quieras, por ejemplo si llegas a un acuerdo directo con el deudor.

La mejor respuesta es empezar

Alta en 5 minutos, primeras gestiones en menos de 24 horas y precio cerrado desde 75 euros. Tu deuda no se cobra sola.