Por otra parte, NiuCollect cuenta con la cobertura jurídica de varios despachos asociados en toda la demarcación judicial española, a fin de atender al cliente de principio a fin y ofrecer los servicios de estos profesionales en fases posteriores al proceso monitorio en las que esto fuese necesario.
En aquellas fases posteriores al proceso monitorio, el despacho asociado bien conocedor del expediente de la deuda por medio de NiuCollect, podrá llevar a cabo en nombre del cliente de NiuCollect aquellos procesos de ejecución y embargo contra deudores y acudir en forma a aquellos procesos declarativos u ordinarios que, por razón de la cuantía, le correspondan.
El cliente introduce a través del formulario web del sitio www.niucollect.com sus datos como cliente-usuario y a los datos de la deuda.
Una vez solicitado el servicio le emitiremos factura del mismo que nos podrá pagar por transferencia o recibo bancario.
NiuCollect contacta inicialmente con el deudor por todos los medios de contacto disponibles, avisándole de las consecuencias legales devengadas del pago pendiente con su acreedor. El departamento de gestión de cobro se encarga de realizar un seguimiento y negociación del pago del 100% de la deuda directamente en la cuenta de nuestro cliente.
Si no hay éxito por las vías amistosa y extrajudicial, nuestro departamento jurídico prepara la demanda para el inicio del monitorio, iniciándose así el procedimiento judicial en contral del deudor. Este procedimiento podrá paralizarse en todo momento si es deseo del cliente.
El caso quedará presentado en el juzgado a la espera de que el Juez admita su demanda a trámite. En caso de no ser admitida ésta, el juzgado le indicará el motivo por el cual su demanda no ha sido admitida. También puede ocurrir que su demanda sea admitida a trámite condicionalmente; En este caso el juzgado le indicará que es lo que necesita y el plazo que le concede de presentación.
Si la demanda ha sido admitida a trámite, el juzgado así se lo hará saber mediante providencia de admisión a trámite.
Al estar la demanda admitida a trámite, un agente judicial irá al domicilio de su deudor a notificarle el requerimiento del juzgado para que haga el pago en 20 días.
A) El deudor Paga:
Cuando el deudor es requerido por el juez, suele darse la c circunstancia de que si el deudor es consciente de la existencia de la deuda, abone la misma en evitación de consecuencias legales de mayor envergadura.
B) El deudor no comparece:
Esto quiere decir que una vez requerido su deudor, si éste no dice nada, ni se pronuncia al respecto en los 20 días que el juzgado le ha otorgado, el juzgado le hará entrega a usted de un poder de embargo y ejecución de bienes a través del cual usted podrá ejercer una mayor presión en el cobro de su deuda y si así lo desea, iniciar el proceso de embargo de bienes contra su deudor. El proceso monitorio en este punto queda archivado y se abre una nueva vía procedimental.
C) Deudor se opone:
Si el deudor en el plazo de veinte días otorgado por el juez presenta escrito de oposición a la demanda de juicio monitorio, el procedimiento se convertirá en el proceso declarativo que, por razón de la cuantía, le corresponda. El proceso monitorio en este punto queda archivado y se abre una nueva vía procedimental.
FASE EXTRAJUDICIAL NiuCollect contacta inicialmente con el deudor por todos los medios de contacto disponibles, avisándole de las consecuencias legales devengadas del pago pendiente con su acreedor. El departamento de gestión de cobro se encarga de realizar un seguimiento y negociación del pago del 100% de la deuda directamente en la cuenta de nuestro cliente.
FASE JUDICIAL Tras el transcurso de 20 días desde el aviso de acciones judiciales, Si no hay éxito por las vías amistosa y extrajudicial, nuestro departamento jurídico a petición del cliente prepara la demanda para el inicio del monitorio, iniciándose así el procedimiento judicial en contral del deudor. Este procedimiento podrá paralizarse en todo momento si es deseo del cliente. El departamento jurídico será quien tutele el expediente ante el juzgado correspondiente para obtener la admisión a trámite de la demanda. Asesoramiento, recursos, tramitaciones, subsanaciones y otros trámites están incluidos en la tarifa abonada por el cliente para la vía del proceso monitorio.
A utilizar el sitio web www.niucollect.com por medio del cual puede informarse del servicio prestado, las ventajas y peculiaridades así como solicitar el cobro de la deuda a través de la pestaña “solicitar servicio”.
A los servicios que se indican en las presentes Condiciones Generales, en el modo, precio y condiciones que se detallan en las mismas.
A ser informado del estado del cobro de la deuda en la fase extrajudicial/Disuasoria. Para ello cuenta con el sistema de tickets del área privada y el formulario de contacto de la web. No obstante el personal de NiuCollect mantendrá permanentemente informado al cliente de la evolución del cobro de la deuda a través de email.
A desistir del proceso monitorio, suspenderlo, no instar o no proseguir la ejecución despachada, no demandar en caso de oposición, renunciar, transigir, ceder, condonar total o parcialmente la deuda, cederla y de cualquier otro modo de los admitidos en derecho, disponer del crédito y del proceso judicial en curso, sin otra limitación que las legalmente previstas.
Leer detenidamente, las presentes Condiciones Generales aceptándolas en su totalidad con carácter previo a la solicitud de un servicio y volverlo a hacer antes de solicitar el siguiente por si las mismas hubieran sufrido alguna modificación.
Utilizar correctamente el Sitio Web www.niucollect.com y rellenar, según las instrucciones que en la misma se facilitan, los formularios para la petición del servicio.
Los clientes no podrán copiar, reproducir, transmitir o distribuir de modo alguno el contenido del Sitio Web “www.niucollect.com” o de los servicios que pueden obtenerse a través del mismo, sin la autorización expresa y escrita de NIUCOLLECT.
Recibir desde la central de NiuCollect comunicaciones por email respecto a cambios, tarifas y promociones. En cualquier momento podrá solicitar la baja en dicho servicio de forma inmediata a través de la url /boletines/index/baja sin que ésto afecte a su cuenta como cliente de gestión.
No suplantar en ningún caso al auténtico acreedor titular del crédito, ni su firma, ni irrogarse una representación insuficiente, falsa o inexistente del mismo.
El cliente una vez solicita los servicios de NiuCollect, activa de un modo inmediato todos los mecanismos internos relacionados con logísitca, gestión y personal para la recuperación de su deuda. Por esta razón, desde que el cliente contrata el servicio, acepta irrevocablemente el adeudo y el pago del mismo al coste publicitado en ese momento en el apartado tarifas del website www.niucollect.com
No fingir titularidades crediticias ni crear ficticia o unilateralmente soportes documentales de deuda u obligaciones que no respondan realmente a una verdadera transacción comercial del tipo que fuere.
Informarse de modo exhaustivo por medio de las herramientas que el propio Sitio Web le facilita o de cualquier otro modo, acerca del proceso monitorio.
Informar a NIUCOLLECT desde zona privada, teléfono o bien por email, en caso de pago, total o parcial, de la deuda por el deudor, en cualquier momento desde el cobro en fase extrajudicial hasta la terminación del proceso monitorio y/o personación por medio de Procurador y Abogado.
Permitir a NIUCOLLECT la facturación y cobro a que en cada momento hubiere lugar por la utilización de sus servicios y conforme a las tarifas establecidas vigentes al tiempo de solicitarlos.
Despachada ejecución al término del proceso monitorio, el cliente, como acreedor solicitante del proceso monitorio, no podrá pretender ulteriormente en proceso ordinario la cantidad reclamada en el monitorio.
Aceptación tácita. Se entiende perfeccionado el contrato por tácita aceptación por el hecho de solicitar un servicio y aceptar el adeudo del importe del servicio aún cuando el cliente no se haya detenido a leer en todo o en parte las presentes Condiciones Generales.
Aceptación expresa. Reservada a la contratación de grandes volúmenes, se entenderá perfeccionado el contrato cuando se suscriba el mismo y se anexen las Condiciones Generales y Particulares de aplicación exclusiva al mismo.
El tratamiento y gestión de los mismos cumple lo estipulado en el Real Decreto 994/1999, de 11 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.
NiuCollect garantiza que los datos suministrados por el cliente serán los adecuados, pertinentes y no excesivos para la realización de las prestaciones de servicios de recuperación de créditos solicitados.
Los datos personales introducidos por los Usuarios deberán ser exactos y veraces conforme a lo dispuesto en la legislación vigente sobre protección de datos y las "Condiciones Generales". Los Usuarios podrían incurrir en responsabilidad por daños o perjuicios de diferente naturaleza, frente a terceros, por los datos suministrados.
Los datos de carácter personal registrados serán cancelados cuando dejen de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la fueron recogidos.
NiuCollect en cumplimiento de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE) y de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), así como del Real Decreto 994/1999 por los cuales se regulan las medidas de seguridad de los ficheros automatizados, al deudor se le informa que su dirección de email así como sus datos de contacto y personales, han sido cedidos temporalmente por su acreedor a NiuCollect para la prestación del servicio siendo estos datos adecuados, pertinentes y no excesivos. El cliente será el responsable y propietario de los datos del deudor siendo NiuCollect mera empresa de intermediación eximiéndosele de toda responsabilidad respecto a la realidad, desacuerdo o existencia de la propia deuda en sí.